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2000
| Febrero de 2000 |
Nuevamente circula una propuesta de decreto ejecutivo
por medio del cual, además de regular aspectos de la elaboración y
presentación de los estados financieros, el Órgano Ejecutivo
adoptaría las NICs como normas de contabilidad financiera de uso
obligatorio en Panamá. |
| 28 de febrero de 2000 |
La Comisión Nacional de Valores aprueba el Acuerdo
No. 2-2000 de 28 de febrero de 2000, mediante el cual autoriza a las
empresas cuyos valores estén registrados en la CNV y a los
"intermediarios" (centrales de valores, participantes en
una central de valores, banco y casa de valores, o personas
autorizadas por la Comisión para tener cuentas de custodia), a que
presenten sus estados financieros de acuerdo con las NICs o los
US-GAAP. Los emisores extranjeros quedan eximidos de esta obligación,
pero deben presentar una reconciliación con uno de los dos cuerpos
de normas de contabilidad financiera señalados. (Véase la Gaceta
Oficial No. 24,010 de 15 de marzo de 2000). |
| Marzo de 2000 |
Surge una importante controversia entre la Dirección
General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas y
los bancos, relacionada con la presentación de los estados
financieros de muchos de éstos de acuerdo con las NICs. Todo comenzó
cuando la DGI notó que los estados financieros de los bancos,
publicados en los periódicos y elaborados muchos de ellos de
acuerdo con las NICs, indicaban que ciertos ingresos por comisiones
sobre préstamos no se reconocerían en su totalidad inmediatamente,
sino que se prorratearían durante la vigencia de los préstamos que
las ocasionaron (el cual es, precisamente, el tratamiento contable
que las NICs establecen al respecto). Este tratamiento contable
tiene el efecto de reducir los ingresos registrados en el año, lo
cual en su momento disminuiría la renta gravable, aspecto este que
aparentemente preocupó mucho a la DGI. El asunto llegó a
considerarse en la Asociación Bancaria de Panamá. No obstante, no
se han divulgado los resultados de estas discusiones. |
| 11 – 13 de mayo de 2000 |
Tiene lugar el XII Congreso Nacional de Contadores,
organizado por el Consejo Ejecutivo de las Asociaciones de
Contadores. En sus conclusiones, el Congreso ratifica su respaldo a
la adopción de las NICs en Panamá. |
| 22 de mayo de 2000 |
La Comisión Nacional de Valores aprueba el Acuerdo
No. 8-00 de 22 de mayo de 2000, en el que reglamenta varios aspectos
de los estados financieros de las compañías reguladas por ella.
Este acuerdo ratifica la adopción de las NICs y los US-GAAP como
normas de contabilidad financiera aplicados consistentemente para
los emisores e intermediarios de las personas sujetas a reporte según
el Decreto Ley 1 de 1999. (Véase la Gaceta Oficial No.
24,059 de 24 de mayo de 2000). |
| 22 de agosto de 2000 |
En respuesta a petición formulada por una compañía
de seguros del país, en el sentido que se exima a las compañías
de seguros de la obligación de presentar sus estados financieros de
acuerdo con las NICs, el Comisionado Ellis V. Cano P., de la Comisión
Nacional de Valores, rechaza tal petición y reafirma la
obligatoriedad de dichas compañías de cumplir con estas normas. |
| 30 de agosto de 2000. |
La Junta Técnica de Contabilidad aprueba la Resolución
No. 3 de 30 de agosto de 2000, en la cual adopta las Normas
Internacionales de Contabilidad como normas de contabilidad
financiera de uso y aplicación en la República de Panamá, pero
sin derogar la temporalmente suspendida Resolución No. 4 de 10 de
febrero de 1998. Los representantes del Movimiento de Contadores Públicos
Independientes se niegan a firmar esta resolución y presentan
salvamento de voto. Véanse los ejemplares de la Gaceta Oficial No.
24,161 del 16 de octubre de 2000 y No. 24,211 del 2 de enero de
2001; si bien ambos ejemplares incluyen la Resolución No. 3 de
2000, solamente el último transcribe el Salvamento de Voto de los
representantes del Movimiento de Contadores Públicos
Independientes. |
| 28 de septiembre de 2000 |
El Consejo Ejecutivo de las Asociaciones de Contadores
aprueba una resolución en la cual resuelve, entre otras cosas,
apoyar la adopción de las NICs "como elementos vitales en la
transformación del sistema financiero panameño hacia un sistema
financiero mejor integrado globalmente". Esta resolución se
aprueba en respuesta a la inclusión de Panamá en las llamadas
"listas negras" de países que supuestamente no colaboran
con actividades tales como el combate al lavado de activos y la
prevención de la evasión fiscal. |
| 25 de octubre de 2000 |
La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la
Corte Suprema de Justicia declara nula por ilegal a la Resolución
No 4 de 10 de febrero de 1998, emitida por la Junta Técnica de
Contabilidad. (Véase la Gaceta Oficial No. 24,239 de 10 de
febrero de 2001). |
| 31 de octubre de 2000 |
Mediante Circular 58-2000, la Superintendente de
Bancos, Delia Cárdenas, sugiere a los bancos que le recomienden a
sus clientes, principalmente a los corporativos, la presentación de
sus estados financieros de conformidad con las NICs. |
| 8 de noviembre de 2000 |
La Superintendente de Bancos, Lic. Delia Cárdenas,
aprueba la Resolución General No. 8-2000 de 8 de noviembre de 2000,
en la que da a conocer la próxima entrada en vigencia de la Norma
Internacional de Contabilidad No. 39 y se reitera la vigencia de la
Resolución General No. 2-98 de 30 de septiembre de 1998. |
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