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Las Normas Internacionales de Información Financiera en Panamá

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Cronología

 

2001

12 de marzo de 2001 La Superintendente de Seguros, Ana Lorena Broce, indica que la Superintendencia de Seguros está realizando un estudio para medir el impacto de la adopción de las Normas Internacionales de Contabilidad en las compañías de seguros. (Véase El Panamá América del 12 de marzo de 2001).
Mayo de 2001 (aproximadamente) En un escrito que circula por Internet y que es reproducido parcialmente en el semanario Capital, el Lic. Rodolfo Guillén manifiesta su oposición a la forma como se adoptaron las NICs en Panamá por medio de la Resolución No. 3 de 30 de agosto de 2000. La oposición del Lic. Guillén gira en torno al hecho de que los textos de las NICs no se han promulgado junto con la adopción, y a que no se vislumbran planes para una promulgación de las normas.
Mayo - septiembre de 2001 (aproximadamente) El Lic. Rodolfo Guillén interpone una demanda contencioso administrativa de nulidad en contra del Acuerdo No. 2 de 28 de febrero de 2000, de la Comisión Nacional de Valores, el cual reglamenta varios aspectos de los estados financieros de las empresas reguladas por la Comisión; la demanda también solicita que se suspendan temporalmente los efectos del Acuerdo. Mediante pronunciamiento del 14 de septiembre de 2001, la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia rechaza la petición de suspensión temporal, sobre la base de que hay disposiciones de la ley de valores (Decreto Ley 1 de 1999) que facultan a la Comisión a reglamentar lo relacionado con la contabilidad de las empresas bajo su jurisdicción.
26 de octubre de 2001 El Movimiento de Contadores Públicos Independientes solicita a la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia que declare nula por ilegal la Resolución No. 3 de 30 de agosto de 2000 de la JTC. La demanda presentada también pide que se suspendan temporalmente los efectos de dicha resolución.
26 de noviembre de 2001 La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia suspende temporalmente los efectos de la Resolución No. 3 de 30 de agosto de 2000 de la JTC, con lo cual, al cierre del año fiscal 2001, no hay disposición vigente que exija a las empresas el uso de las NICs como normas para presentación de sus estados financieros, salvo lo dispuesto para los bancos, financieras y empresas inscritas en la Comisión Nacional de Valores.
18 de diciembre de 2001 Mediante la Opinión No. 8/01 del 18 de diciembre de 2001, la Comisión Nacional de Valores confirma la obligatoriedad de las empresas bajo su jurisdicción de presentar sus estados financieros de acuerdo con las NICs o los US GAAP. (Véanse la Gaceta Oficial No. 24,469 del 14 de enero de 2002 y el Boletín Fiscal 2002-11 del 25 de febrero de 2002).
31 de diciembre de 2001 La Superintendencia de Bancos, mediante Nota SB-DJ-A15-1541-2001 del 31 de diciembre de 2001, confirma que los bancos deberán escoger entre las NICs y los US GAAP para presentar sus estados financieros. (Véase el Boletín Fiscal 2002-11 de 25 de febrero de 2002).

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Última actualización de esta página: 7 de abril de 2003